sábado, 9 de enero de 2010

Escolares atentan contra el patrimonio histórico

   Lo primero que uno puede sentir al ver las imágenes de un grupo de escolares dañando un muro de la huaca El Dragón, en Trujillo es vergüenza como peruano, padre de familia y docente.
   Estos escolares lanzaron piedras, patearon y rayaron los muros preincaicos, durante un viaje de promoción del colegio Gran Mariscal Toribio de Luzuriaga y Mejía de Los Olivos en el mes de diciembre.
   Ante ello ya se alzaron las voces de protesta y pedidos de sanción contra estos vándalos además del cuestionamiento a la responsabilidad docente y a la responsabilidad ciudadana que compete a los padres de familia. Habría que agregar que un aspecto incidente es la prioridad y el énfasis que el MED ha puesto en el logro de las capacidades del Área de Comunicación y Lógico Matemática relegando a un segundo plano las capacidades de las otras Áreas curriculares (Personal Social, por ejemplo).
 Por ello es muy importante tener en cuenta lo manifestado por la directora del INC quien repudió este acto de vandalismo y sostuvo que la actitud de estos adolescentes ofende y cuestiona la educación escolar. Señaló que pese a las medidas de seguridad que se puedan tomar, es imposible evitar los ataques a los monumentos históricos, por lo que indicó que lo importante es promover los valores culturales.
  "Queremos hacer un llamado de atención a los colegios y a los padres, porque la responsabilidad de la custodia de nuestro patrimonio nunca podrá recaer sobre una institución", expresó.
  Los actos cometidos configuran delito contra los bienes culturales y atentado contra zonas arqueológicas, que están tipificados en el Código Penal y respaldados por el marco legal pertinente.
  Marco legal de protección del patrimonio cultural de la Nación:
o Constitución Política del Perú: Artículo Nº 21º.
o Código Penal: Título VIII, artículos 226º al 231.
o Ley Nº 28296: Ley general del Patrimonio Cultural de la Nación.
o D.S.Nº 011 - 2006-ED: Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural.
o Ley Nº 27721: Ley que declara de interés nacional el inventario, catastro, investigación, conservación, protección, difusión de los sitios y zonas arqueológicas.
o R.S.Nº 004-2000/ED: Reglamento de Investigaciones Arqueológicas (25.01.2000).
o D.S.Nº 022-2002-ED: Texto único de Procedimientos Administrativos - TUPA del INC.
o D.S.Nº 017-2003-ED: Reglamento de Organización y Fundaciones del INC.
o R.D.N. Nº 1405/INC-2004: Reglamento General de aplicación de sanciones administrativas por infracciones en contra del Patrimonio Cultural de la Nación (23.12.04).
o Ley Nº 27580: Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de Obras en Bienes Culturales Inmuebles.
o Ley Nº 27796: Ley de Municipalidades.

Noticieros Nacionales informaron de los Hechos:


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